Solicitar Acceso a la energía sin Cargo. Solicita Participar en la Comunidad.

Lo que se entiende por Comunidad Energética

Una comunidad energética es una entidad jurídica formada por ciudadanos, pymes o ayuntamientos que se unen voluntariamente para producir, gestionar y consumir su propia energía renovable, generalmente solar, de forma colectiva y local. Funcionan instalando paneles solares en tejados comunitarios, distribuyendo la electricidad producida entre los socios y vendiendo el excedente a la red, lo que reduce la factura eléctrica y promueve la sostenibilidad.

Que es una Comunidad Energética de IPOSTAR

IPOSTAR pone la tecnología para generar energía en cada entorno local, en unidades de producción ubicadas en fabricas, polígonos industriales o instalaciones que IPOSTAR comparte la maquinaria para producir energía a sus clientes y a la Comunidad.

Que beneficios tienen los miembros?

Los miembros que forman parte, se benefician de todos los servicios que tiene la Comunidad disponiendo de ENERGÍA SIN CARGO.
Cada miembro que forma parte, abona su parte proporcional de la potencia que es necesaria para prestar este servicio que forma parte.

Cuanto cuesta participar en la Comunidad?

Los costes básicos de participación en la comunidad es de 2.250€/kw contratado.

La contraprestación es disponer de la energía consumida SIN CARGO durante la vigencia del contrato.

Cuestiones sobre contratar


Una vez que el formulario se envía, los pasos que se llevan a cabo son los siguientes:

1º.- Se analiza la demanda que se solicita.
2º.- Se estudia la ubicación del suministro para dotar la energía lo mas cercano y de no existir proveer el suministro a la red en otro punto.
3º.- Dependiendo de la comercializadora que tenga el cliente podría quedar con la misma comercializadora si tiene convenio con IPOSTAR para la entrega de energía.
4º.- Si es necesario cambiar de comercializadora, se procederá a formular el cambio con la que le aporte la energía.
5º.- Una vez que exista disponibilidad de energía y comercializadora concertada comenzara a formar parte de la Comunidad energética.
6º.- Durante el proceso anterior, se formalizara los pagos y formalizaciones del acuerdo de pertenencia a la Comunidad.


Todos los pagos que se hacen a IPOSTAR por la participación en la Comunidad serán reembolsables al finalizar los contratos. Este hecho se produce porque cada uno de los pagos que se hacen, estan sujetos a la suscrición de Obligaciones societarias de la citada sociedad y en ello las condiciones de devolución estan sujetas a las condiciones de los contratos y la suscripción de las mismas.

Además del retorno de los fondos, anualmente en función de la rentabilidad de las instalaciones y del buen funcionamiento, se repartirán dividendos por los beneficios que genere la Comunidad

Serán reembolsables:

- Los importes de los Derechos de participación que se establezca en cada categoría.
- El importe de la maquinaria completa propiedad de IPOSTAR en cada instalación, quedando exentos los pagos por obra civil, instalaciones anexas y cualquier otro gasto no incluido en los contratos específicos de instalaciones.

La filosofía de nuestro negocio residen en la participación de todos en los objetivos comunes de acceso a la energía sin coste y sin importar los efectos variables del mercado.

La adquisición de los Derechos será previo a las instalaciones o a la conexión a la comercializadora de referencia a la que haya que derivar la entrega de energía para evitar problemas posteriores.

En ningún caso se procederá a firmar los contratos definitivos hasta que la disponibilidad de energía sea garantizada en cada cliente


Intentando hacer accesible la participación de esta Comunidad, establecemos acuerdos para negociar en conjunto acuerdos para ayudar económicamente en la entrada.

Así pues, los acuerdos de reducción de la cuota que se establecen son los siguientes:

- FAMILIAS NUMEROSAS - Familias numerosas reconocidas como tal. Reducción de la cuota en un 40% de la principal.
- POBREZA ENERGÉTICA - Personas que estén reconocidas y se acrediten como dependientes de ayudas sociales, ingreso mínimo vital u otras circunstancias similares, tendrán un reducción de la cuota de un 75% de la principal.
- CLIENTES DE IPOSCOM .- Los clientes de la Operadora IPOSCOM que sean referenciados por la misma, tendrán una reducción del 40% de la cuota.
- PROVEEDORES DE IPOSTAR.- Todos los proveedores de IPOSTAR, tendrán de forma automática una reducción del 50% de la cuota de entrada.


La información general, y especifica del acceso lo pueden encontrar en la pagina correspondiente


Solicita formar parte de nuestra Comunidad Energética

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